Corrientes, Wednesday 23 de April de 2014

Desde el  Departamento de Amas de Casa e Igualdad de Oportunidades se vio con agrado la promulgación y publicación de la  reglamentación de la Ley del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

El mismo otorga mayores beneficios, garantías y obligaciones tanto a empleados como a empleadores.

El Departamento de Amas de Casas, único en su tipo en el país, a cargo de Ambrosia Cardozo y que fuera creado por el gobernador Ricardo Colombi, desde su puesta en funcionamiento  viene bregando por garantizar los derechos de las trabajadoras domésticas en la Provincia, además de la  implementación de la ley con el asesoramiento gratuito a empleadores y empleados de casas particulares, y dela provisión de información a contadores y abogados que diariamente se acercan a la Subsecretaría de Trabajo a realizar los trámites  referentes a la vigente y  alcances de la nueva norma.

Desde la cartera laboral que conduce Jorge Rivolta como órgano de aplicación y control de la nueva ley y su reglamentación, ya preparan una intensa campaña de difusión de la nueva normativa en todo el territorio provincial.

Algunos de los puntos más destacados a tener en cuenta a partir de la reglamentación son:
* Incorporación progresiva de las trabajadoras al régimen de seguridad social (Jubilación, Obra Social),
* Cuando las trabajadoras se desempeñen 32 o más horas semanales para el mismo empleador, éste deberá abonar el salario en forma bancarizada a través de una cuenta sueldo. De todas formas las trabajadoras podrán exigir el pago en efectivo de sus remuneraciones,
* Se crea los espacios de mediación y solución de conflictos contemplados por la ley como el Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares buscando garantizar la resolución de conflictos individuales,
* La comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares por ahora será la encargada de determinar la adecuación de la jornada de trabajo, dicha comisión adecuará y establecerá las prestaciones a cargo del empleador en relación con la provisión de ropa, elementos de trabajo y alimentación,
* Lo anterior será hasta que se concrete el extenso y prolongado proceso de sindicalización que permita construir un convenio colectivo de trabajo y una negociación paritaria, a través del decreto 467 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quedo facultada para implementar los mecanismos necesarios que permitan realizar la retención del importe correspondiente a la cuota sindical, el monto del salario destinado al gremio para el caso de las trabajadoras sindicalizadas,
* La contratación de adolecentes (menores de 18 años) deberán celebrarse por escrito y registrarse ante la Subsecretaría de Trabajo. Asimismo se exige para las trabajadoras adolecentes un certificado de aptitud física que deberá ser presentado por el empleador una vez por año,
* En el caso en que la contratación tenga por objeto sustituir transitoriamente a trabajadores que gozaban de licencias legales o convencionales, deberán indicarse en el contrato el nombre del personal reemplazado,
* La celebración continuada de contratos de trabajo eventual o por plazo determinado convertirá al vínculo en uno por tiempo indeterminado, valides y vigencia a partir de la primera contratación,
* El empleador perderá la facultad de valerse del periodo de prueba cuando no registre la relación laboral,
* La jornada de trabajo de 6 horas diarias en el caso de menores de edad no podrá, bajo ninguna circunstancia, realizarse en horario nocturno (de 20 hasta las 6 del día siguiente),
* Para el caso de que el adolecente no hubiera finalizado el periodo de educación que la ley considera obligatorio, el contrato de trabajo deberá contener una cláusula que fije las obligaciones asumidas por el empleador a tal fin.

Para Mayor información sobre la presente normativa y su implementación  en la provincia de Corrientes, la subsecretaría de Trabajo invita a las trabajadoras de casas particulares, como así también a sus empleadores a acercarse a San Juan 1317de la ciudad de Corrientes, al Departamento de Amas de Casas en el horario de 7 a 13 de lunes a viernes.