Corrientes, Monday 10 de August de 2020

La Corte Provincial estableció que desde el martes 11 actuarán nuevamente como autoridades del Poder Judicial en Paso de los Libres todos los jueces locales, con sus respectivos Secretarios y Prosecretarios, con funciones de Actuarios y/o Relatores.

En la Resolución se dispuso también que para esta nueva fase del servicio de justicia de atención extraordinaria administrada por pandemia Covid-19 se presenten todos los técnicos-profesionales.

La decisión del STJ está en sintonía con las medidas adoptadas por el Comité de Crisis del Gobierno Provincial, que instauró Fase 3 en Paso de los Libres a partir del día de la fecha.

Dejar sin efecto lo dispuesto en el Pto. 3°) de la Resolución del Superior Tribunal de Justicia N° 334 de fecha 30 de julio del 2020, y en consecuencia disponer que:

Por ello, los integrantes del Alto Cuerpo establecieron que desde el martes 11 de agosto actúen como autoridades del Poder Judicial Provincial en la localidad de Paso de los Libres todos los jueces locales, con sus respectivos Secretarios y Prosecretarios, con funciones de Actuarios y/o Relatores.

Durante esta fase se tramitarán ante los Juzgados con sede en la localidad de Paso de los Libres, los casos  urgentes (art. 104, en función de las excepciones del art. 105 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia -Decreto Ley N° 26/00-), como así también, en todo otro asunto que merezca atención por las circunstancias particulares de la crisis sanitaria, considerándose las materias oportunamente enumeradas en el punto tercero del Acuerdo Extraordinario N° 9/2020.

Los jueces y secretarios deberán seguir suscribiendo las providencias, resoluciones interlocutorias y sentencias pendientes de resolver, debiendo notificar de acuerdo a las pautas y directrices que conforman el Marco Regulatorio de Emergencia General (MREG) que se encuentra vigente al momento del dictado de la presente.

Los jueces tendrán facultades para designar la dotación mínima, necesaria e indispensable para cumplir funciones de manera presencial de acuerdo a las necesidades del servicio, con las excepciones previstas respecto de las personas que integran grupos de riesgo.

El resto del Plantel de Personal del Juzgado cumplirá funciones bajo la modalidad home office, a efectos de realizar una mínima prestación de servicio conforme a las labores propias de su competencia. El horario de funcionamiento de los Tribunales será de 7 a 13 horas.